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	<title>Horacio Minotti &#187; Justicia</title>
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		<title>Que renuncien todos</title>
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		<pubDate>Wed, 16 Sep 2015 19:38:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Cambiemos]]></category>
		<category><![CDATA[Denuncia]]></category>
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		<category><![CDATA[Fernando Niembro]]></category>
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		<description><![CDATA[Fernando Niembro era el primer candidato a diputado nacional de Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires. Por una simple denuncia que todavía ni siquiera es investigada por la Justicia, desistió de su candidatura. Pero tenemos un vicepresidente procesado que no se mueve de ahí. No quiero entrar a considerar si Fernando Niembro hizo bien... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/09/16/que-renuncien-todos/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Fernando Niembro era el primer candidato a diputado nacional de Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires. Por una simple denuncia que todavía ni siquiera es investigada por la Justicia, desistió de su candidatura. Pero tenemos un vicepresidente procesado que no se mueve de ahí.</p>
<p>No quiero entrar a considerar si Fernando Niembro hizo bien o mal en renunciar a su candidatura. Lo que debe quedar claro es que el esquema penal tiene varias etapas en la Argentina y una denuncia es apenas el inicio. La Justicia es la que determina luego si se es responsable o no por la imputación. Si todos fuesen culpables de las denuncias que se presentan contra cada uno, no habría guardiacárceles en la Argentina, solo habría presos.</p>
<p>Por otra parte debe aclararse que los fueros que protegen a los legisladores nacionales no son absolutos. No comprenden delitos cometidos previamente a postular la candidatura, nadie esta protegido por eso. En realidad, son eficientes únicamente, para hechos cometidos en el ejercicio de su función legislativa y tiene, como espíritu y fin, último proteger a los opositores para que puedan libremente ejercer su función de control sobre los actos del oficialismo, sin ser apresados por ello. Elisa Carrio, de no existir los fueros, seguramente hubiese sido una presa del kirchnerismo. Por ende, Niembro no hubiese podido protegerse con los fueros en caso de que avanzara la denuncia contra él.</p>
<p>Dicho esto, hay que agregar que en el actual contexto de la Argentina, plagada de funcionarios enjuiciados, la actitud de Niembro de abandonar la lista de candidatos por solamente una denuncia, contrasta con la posición del vicepresidente de la Nación Amado Boudou, quien está procesado y citado a juicio oral y se mantiene sentadito en su sillón como un duque.</p>
<p>Las etapas del proceso penal son tres: procesamiento cuando existe semiplena prueba de la comisión de un ilícito (la doctrina considera que para procesar hay que tener probados los hechos en un 33%), elevación a juicio oral (la doctrina dice que esto puede hacerse cuando se tiene probado el 66% del hecho), y la sentencia, que de ser condenatoria, debe dar por probado el 100% del hecho que se imputó.</p>
<p>La denuncia no es siquiera una etapa del proceso y, con solamente ella, Niembro renunció. No a un cargo, simplemente a ser candidato. Para continuar el contraste, Boudou, con los delitos que se le imputan probados en un 66%, se pasea en su carácter de vicepresidente de la Nación con su nueva novia mexicana.</p>
<p>Esto es lo que acaba de ocurrir con la dimisión del candidato de Cambiemos. Existen diversos funcionarios de este gobierno kirchnerista imputados y en diversas etapas del proceso penal que continúan en sus cargos y nadie renuncia. Niembro dió un ejemplo. La Justicia determinará ahora si es responsable o no, pero Cambiemos nos habla de que otro país es posible, donde la honestidad y la dignidad de las instituciones está por encima de los hombres. Entendamos el mensaje, y que renuncien todos.</p>
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		<title>El retiro de un hombre bueno y sabio</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Sep 2015 18:00:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Carlos Fayt]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Suprema]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Alfosín]]></category>

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		<description><![CDATA[No voy a poder omitir una serie de consideraciones personales y subjetivas en estas líneas, lo anticipo ahora para evitar al lector desprevenido. Porque he tenido el enorme honor de conocer al doctor Carlos Santiago Fayt, incluso de decirme su amigo. No se puede menos que sentir aprecio, cuando la generosidad toma caminos tan auténticos,... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/09/15/el-retiro-de-un-hombre-bueno-y-sabio/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>No voy a poder omitir una serie de consideraciones personales y subjetivas en estas líneas, lo anticipo ahora para evitar al lector desprevenido. Porque he tenido el enorme honor de conocer al doctor Carlos Santiago Fayt, incluso de decirme su amigo. No se puede menos que sentir aprecio, cuando la generosidad toma caminos tan auténticos, cuando semejante personalidad se aviene sin pretensión de intercambio, a volcar hacia un simple abogado, todos sus conocimientos, sus vivencias, su extraordinario saber: Fayt es un hombre sabio y bueno, lo cual lo hace increíble.</p>
<p>Me hizo el honor de prologar mi primer libro, “La Fiesta de la Oligocracia”. Leyó la primera versión “en crudo”, y me sugirió alternativas, con la humildad de los que son muy grandes de verdad. Lo conocí hace muchos años, y del primer encuentro me fui con siete libros de su autoría, extraordinarios, que pretendió que supiese como para intercambiar ideas, solo 20 días después, cuando nos vimos por segunda vez.</p>
<p>No creo que estas líneas sean para que recite el curriculum vitae de Fayt, los invito a hacerlo en la página web de la Corte Suprema; si tienen tiempo por cierto. Cuando lo hagan no les quedarán dudas: estamos ante el jurista vivo más importante del país y ante uno de los dos o tres más destacados desde nuestra historia. A la altura de Juan Bautista Alberdi o de Dalmacio Vélez Sarsfield. Y si aún posee el lector más tiempo, los invito también a leer sus fallos, verdaderas obras doctrinarias para los anales del derecho internacional.</p>
<p>Supo Fayt también enfrentar con hombría y coraje los arremolinados tiempos políticos que le tocó vivir en sus años en la Corte Suprema. Asumió en 1983 con el primer gobierno de la democracia, y siendo que nunca antes había sido juez, ni funcionario de ningún poder del Estado. El día que prestó juramento, le dijo al presidente Raúl Alfonsín que lo había nominado para integrar el Alto Cuerpo: “sepa usted que mi rol exige que esta sea la última vez que hablemos”. Ese es el concepto de Fayt sobre la República y la independencia que exigía su función dentro de la cabeza del Poder Judicial.</p>
<p>Y así se manejó el tiempo subsiguiente, costase lo que costase. La primera intentona por destituirlo se produjo en el gobierno de Eduardo Duhalde. Y por cierto fracasó. No solo eso, cuando los miembros de lo que se llamó la mayoría automática menemista del Alto Tribunal (que jamás integró y frente a la que votó siempre en disidencia), comenzaron a abandonar sus cargos por la presión oficial, Fayt asumió la presidencia de la Corte y capitaneó una profunda crisis, con inteligencia y la cintura política de un experto.</p>
<p>Después vinieron las múltiples y diversas ofensas del kirchnerismo, la mayoría de ellas poniendo el eje en su edad. Claro, resultó imposible hacerlo en base a su capacidad, sus conocimientos o sus fallos. Ni siquiera estaban en posibilidad de cuestionarlos, porque para ello había que entenderlos. También capeó con hidalguía todo esto, que siguió casi hasta hoy. Y renuncio a plazo fijo: al 11/12 de este año. Ni se le ocurra a nadie intentar postular un reemplazo, será el próximo gobierno, el que surja de la voluntad del soberno pueblo, él queda pueda hacerlo. Fayt aún está ahí, y lo estará hasta que llegué la fecha en que el mismo decidió irse.</p>
<p>A principios de este año, tuve una enorme alegría. Un proyecto de mi amigo y referente, el legislador Daniel Lipovetzky, fue aprobado declarando a Fayt, Personalidad Destacada de las Ciencias Jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, por ley de la Legislatura local. Estuve en la entrega de la distinción y su merecido homenaje y puede abrazarlo con emoción. Le agradezco infinitamente a Lipovetzky el proyecto y el impulso, y especialmente el haber podido estar ahí, devolviéndole de algún modo, la infinidad de conocimientos, saber y don de gentes que ha volcado Carlos Fayt en su ejemplar vida.</p>
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		<title>Una maniobra descabellada carente de base jurídica</title>
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		<pubDate>Wed, 13 May 2015 09:52:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Carlos Fayt]]></category>
		<category><![CDATA[Comisión de Juicio Político]]></category>
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		<description><![CDATA[Si no se tratase de un manoseo descabellado de las instituciones de la República, la pantomima de ayer de la Comisión de Juicio Político podría formar de una comedia de enredos en la que el autor del guion trata de graficar los dislates que ocurren en un exótico país del quinto mundo. Observando los acontecimientos... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/05/13/una-maniobra-descabellada-carente-de-base-juridica/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Si no se tratase de un manoseo descabellado de las instituciones de la República, la pantomima de ayer de la Comisión de Juicio Político podría formar de una comedia de enredos en la que el autor del guion trata de graficar los dislates que ocurren en un exótico país del quinto mundo.</p>
<p>Observando los acontecimientos ocurridos por el televisor, uno podría creer que en realidad estaba presenciando un debate en la Corea del Norte del “Querido Líder” Kim Jong-un, en la Indonesia de Suharto, o en el Túnez de Ben Alí que solía llamar a elecciones y obtener el 98% de los votos.</p>
<p>Yendo a lo concreto, <strong>el dictamen emitido ayer por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados es solamente un disparate mediático que carece de ningún valor jurídico.</strong> Tiene el mismo efecto que si nos juntásemos el suscripto y cuatro amigos y decidiésemos que el próximo domingo “ganó Independiente”. Un mamarracho por el que seguramente nos acusarían de haber abusado del tinto de la casa.</p>
<p><strong>La Constitución Nacional en su artículo 110 establece con meridiana claridad que “los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservan sus empleos mientras dure su buena conducta”. ¿A qué se refiere con ello? </strong>Simplemente a que los magistrados no incurran en las causales de Juicio Político, claramente establecidas en el artículo 53: “Solo ella (la Cámara de Diputados) ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”.</p>
<p>El juego de ambos artículos es sencillo. La mala conducta que quita la perpetuidad al cargo es la que describe el artículo 53 como causales de juicio: mal desempeño y comisión de delitos. Pero además, deben considerarse otros elementos. El primero de ellos es que la Constitución exige “causas de responsabilidad”, es decir una inconducta concreta en un acto en particular o una sucesión ellas, pero no el achaque genérico que implica la acusación de “viejo”.</p>
<p>Si la Comisión de Juicio Político quisiera ser seria, debería encontrar un expediente mal despachado por el juez Fayt, iniciar un proceso de juicio político, y en el marco del mismo, como elemento de prueba, solicitar un examen psicofísico del juez para determinar si está en condiciones de llevar adelante su magistratura. <strong>Pero ocurre que no existe un expediente concreto por el cual acusarlo, ni tienen cómo iniciar un proceso de juicio político, y mucho menos como alcanzar los dos tercios de los votos para concretar la acusación.</strong></p>
<p>La Cámara de Diputados tiene “comisiones de asesoramiento”, así las llama el propio artículo 61 de su Reglamento. Esas comisiones elaboran dictámenes que cumplen el rol, como todo cuerpo asesor, de recomendar la aprobación de determinado dictamen al pleno del cuerpo. La Cámara tiene sus facultades constitucionales como tal, y sus decisiones son obligatorias en tanto se toman en el recinto, con sesiones convocadas de acuerdo a la ley y el reglamento interno y por las mayorías constitucionales. Las decisiones de una porción de la Cámara, como una comisión, no son obligatorias para nadie, no constituyen absolutamente nada hasta no ser aprobadas en Sesión, y ayer no la hubo. La Comisión de Juicio Político es una “comisión de asesoramiento” más, no tiene facultades para pedirle un psicofísico a Fayt ni tampoco para pedirle el boletín de quinto grado a mi sobrino.</p>
<p>Por otra parte, el artículo 90 del Reglamento citado establece las competencias de tal comisión, es decir, las cuestiones por las cuales puede expedirse: “Compete a la Comisión de Juicio Político investigar y dictaminar en las causas de responsabilidad que se intenten contra los funcionarios públicos sometidos a juicio político por la Constitución y los previstos en la ley 24.946 y en las quejas o denuncias que contra ellos se presenten en la Cámara. Cuando el pedido de remoción se dirige contra un funcionario público no sujeto a juicio político, la comisión podrá disponer su archivo o remisión al órgano competente”. La norma es armónica con la Constitución: exige otra vez que existan “causas de responsabilidad” y menciona los “pedidos de remoción”. <strong>Esta flagrantemente fuera del alcance de la Comisión de Juicio Político,investigar a los funcionarios públicos, fuera del marco de un proceso, justamente y obviamente, de juicio político.</strong></p>
<p>Por ende, el “proceso investigativo” que se aprobó ayer no es más que la argucia de alguna mente febril para presionar a un Ministro de la Corte, pero sin efecto jurídico alguno.</p>
<p><strong>¿Qué ocurre si Fayt se niega a ser investigado, no acude a las citaciones, y se niega a que lo examinen psicofísicamente? Nada. La Comisión de Juicio Político carece de facultades para conminarlo por la fuerza pública, ni para tomar ninguna medida que no consista en ver fracasar su ridícula maniobra.</strong> Tampoco implica presunción contra el juez no someterse a semejante parodia, y en definitiva, nunca contarán con los dos tercios de los votos para acusar.</p>
<p>Es ni más ni menos que una operación mediática vacía de contenido jurídico. Con otros letrados analizamos la posibilidad de presentarnos a la Justicia con el fin de pedir la nulidad del dictamen alcanzado ayer en la Comisión de Juicio, pero llegamos a la conclusión que se trata de un hecho ajeno al Derecho, no judiciable por carecer de relevancia y consecuencias jurídicas.</p>
<p>Tal vez, en algunos casos, sería más beneficioso darle menos espacio en los medios a estas farsas que tienen como único fin ganar centímetros en las portadas, para ejercer la valiente presión nacional y popular con el objetivo de quebrar a un prócer del Derecho.</p>
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		<title>En legítima defensa de la institucionalidad</title>
		<link>http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/04/21/en-legitima-defensa-de-la-constitucion/</link>
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		<pubDate>Tue, 21 Apr 2015 17:21:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<category><![CDATA[poder judicial]]></category>

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		<description><![CDATA[El rechazo de la Corte Suprema de Justicia a la lista de conjueces que el Gobierno aprobó en el Senado hace un año y medio por simple mayoría es un acto de defensa propia y de los terceros, los ciudadanos, que esperan mantener un grado mínimo de institucionalidad en vigencia. El Alto Tribunal, en su... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/04/21/en-legitima-defensa-de-la-constitucion/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El rechazo de la Corte Suprema de Justicia a la lista de conjueces que el Gobierno aprobó en el Senado hace un año y medio por simple mayoría es un acto de defensa propia y de los terceros, los ciudadanos, que esperan mantener un grado mínimo de institucionalidad en vigencia.</p>
<p>El Alto Tribunal, en su rol de cabeza del Poder Judicial, no puede verse sometido a un golpe de Estado institucional desde otros poderes, sin ejercer tal derecho, y lo ha hacho seleccionando el modo y la oportunidad, para declarar la inconstitucionalidad de la lista de conjueces oficialistas.</p>
<p>El plan para destrozar a la Corte, descripto hace pocos días en este <a href="(http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/04/09/buscan-destrozar-la-corte-suprema/)">mismo medio</a>, <strong>incluía la utilización de esa irregular nómina, cambiando el orden de prelación para la ocupar las vacancias en el Alto Cuerpo, para luego ampliar el número de miembros e “invadirla” con conjueces a la medida del kirchnerismo.</strong></p>
<p>Por cierto, la ampliación del número de miembros está entre las facultades del Congreso, es una medida que se ha tomado de modo reiterado de acuerdo a las necesidades políticas del Gobierno de turno; y también se encuentra entre las prerrogativas del Poder Legislativo, modificar la ley de ordenamiento del Poder Judicial, de modo de alterar el mecanismo de cobertura de vacancias actualmente vigente.</p>
<p>Nada de esto pudo haberlo impedido la Corte Suprema. Pero sí estaba en sus manos que esas vacancias fueran ocupadas por conjueces habilitados para ello por fuera de la ley, y así lo ha hecho. Los ministros tienen esta causa en sus manos desde que la lista se aprobó, en diciembre del 2013, durante una prórroga de sesiones ordinarias, pero ha decidido declarar su inconstitucionalidad ahora, cuando el Gobierno acechaba, buscando utilizarla para “ocupar” la Corte.</p>
<p>El uso de mecanismos ilegales para manipular o directamente dominar uno de los poderes constitucionales no es otra cosa que un golpe de Estado, debe detentar tal denominación, tanto como si se ordenara al Ejército entrar a ocupar el Palacio de Justicia, y eso es lo que intentaba el oficialismo.</p>
<p>La mentada lista de conjueces, poblada por diez juristas de pertenencia definidamente kirchnerista, fue aprobada por mayoría simple en el Senado.<strong> El problema es que su objetivo es ejercer, eventualmente, como Ministro de la Corte Suprema, y a tal fin, la Constitución Nacional establece la necesidad de los dos tercios de los miembros de la Cámara Alta.</strong></p>
<p>Del mismo modo que no se puede ser Presidente de la Nación de otro modo que mediante el voto popular, obteniendo determinados porcentajes o yendo a una segunda vuelta; ni se puede tampoco detentar la calidad de legislador nacional sin ser electo por el pueblo; no se puede ejercer ni un minuto el rol de Ministro de la Corte Suprema sin los dos tercios de los respaldos de los miembros del Senado. <strong>Cualquier otro mecanismo es inconstitucional.</strong></p>
<p>Es cierto, la Corte eligió el momento para resolver en esta causa, y lo hizo en su carácter de tribunal político, como cabeza de uno de los poderes del Estado, el que define el sistema republicano, y en defensa de los derechos propios y de terceros, preservando la tan agraviada institucionalidad.</p>
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		<title>Buscan destrozar la Corte Suprema</title>
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		<pubDate>Thu, 09 Apr 2015 13:08:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Alberto Nisman]]></category>
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		<category><![CDATA[Pder Judicial]]></category>

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		<description><![CDATA[El Gobierno quiere modificar la ley que organiza la justicia para que su lista de conjueces, irregularmente designados, ocupe los espacios vacantes en el máximo tribunal una vez que amplíe el número de miembros. Es el Plan B por si el pliego de Roberto Carlés no pasa por el Senado. El Gobierno presentaría primero un... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/04/09/buscan-destrozar-la-corte-suprema/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El Gobierno quiere modificar la ley que organiza la justicia para que su lista de conjueces, irregularmente designados, ocupe los espacios vacantes en el máximo tribunal una vez que amplíe el número de miembros.</p>
<p>Es el Plan B por si el pliego de Roberto Carlés no pasa por el Senado. El Gobierno presentaría primero un proyecto de modificación del Decreto Ley 1285, que cuenta con diversas modificaciones -especialmente la de la ley 23498 de 1987, que en su artículo 22 establece los mecanismos para que la Corte Suprema de Justicia pueda llevar adelante sus funciones en caso de que su integración quede disminuida en número.</p>
<p>La previsión de dicha norma es aplicable para cuando exista “recusación, excusación, vacancia o licencia” de alguno de los miembros del Tribunal y establece el siguiente mecanismo: los cargos serán cubiertos mediante un sorteo entre los presidentes de la Cámaras Federales de todo el país, y solamente en caso no poder completarse el Cuerpo de este modo, se realizará otro sorteo entre una lista de conjueces que es permanente, esta integrada por diez abogados, y debe ser propuesta por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.</p>
<p><strong>Lo que el proyecto oficial pretende es suprimir de este orden de suplencias a los presidentes de las Cámaras Federales, es decir, que ante una vacancia en la Corte, se pase directamente al sorteo de la lista de conjueces. ¿Por qué? Simple, la lista ya esta armada, fue postulada por el Ejecutivo y avalada por mayoría simple del Senado el año pasado, y esta integrada en su totalidad, por personas absolutamente afines y controlables por el Gobierno.</strong></p>
<p>El paso siguiente es ampliar el número de miembros de la Corte Suprema de los 5 que actualmente prevé la ley hasta 9 ministros. Como con la renuncia de Eugenio Zaffaroni, hoy quedan en sus cargos 4 magistrados, para cada sentencia se sortearían 5 conjueces para alcanzar la formación completa de 9, y siempre inevitablemente, el kirchnerismo tendría mayoría.</p>
<p>Los conjueces actualmente designados son: León Carlos Arslanian, Tomás Hutchinson, Ernesto Alberto Marcer, Héctor María García Cuerva, Arístides Horacio María Corti, Carlos María Carcova, Walter Mario Huggias, Raúl Gustavo Ferreyra, Ricardo Augusto Nissen y José Rolando Chirico. Alcanzaron ese lugar con una votación en el Senado que se decidió por mayoría simple, es decir que una vez más, se violaría la Constitución, porque la mayoría de la Corte Suprema quedaría integrada por miembros que no tienen el aval de los dos tercios de los miembros presentes del Senado, como establece la Carta Magna.</p>
<p><strong>La maniobra es la precarización absoluta de la cabeza del Poder Judicial, para fines personal del grupo de gobierno</strong>. El sistema actual, que prevé el primer reemplazo de entre los presidentes de las Cámaras Federales, cuenta con la legitimidad de que estos han pasado por el proceso de selección del Consejo de la Magistratura previamente a ser designados en sus cargos y tienen desde su nombramiento, estabilidad constitucional: duran en sus cargos mientras dure su buena conducta. Esta estabilidad es la que los hace independientes del poder político.</p>
<p>El kirchnerismo ha jugado y manipulado la Justicia a gusto, desde su inicio. En el año 2006 los miembros del Alto Tribunal eran 9, pero el gobierno decidió sancionar una ley que reducía el número primero a 7, hasta llegar por renuncias o vacancias a los 5 ministros. Ese número, que constituyó la finalidad última de aquella ley de 2006, se alcanzó hace menos de un año, en mayo de 2014, tras el fallecimiento de Carmen Argibay. Tan solo 11 meses después, el gobierno pretende llevar el número otra vez a 9 miembros.</p>
<p>Es cierto que la jugada es de corto vuelo. Este gobierno termina su mandato solamente en unos meses y no son muchas las causas que en ese plazo deba resolver la Corte. Cualquier otra administración que lo preceda volverá al sistema anterior, o al menos tendrá la legitimidad necesaria para designar juristas en los cargos vacantes, con el mecanismo marcado por la Constitución, con el aval de los dos tercios del Senado. Entonces ¿por qué este apuro?</p>
<p><strong>En Tribunales especulan con que el Gobierno quiere dejar cerrada, con el carácter de “cosa juzgada”, para que no pueda ser revisada en el futuro, la denuncia del extinto fiscal Alberto Nisman.</strong> Más allá de lo que vaya a hacer la Cámara de Casación Penal con el recurso del fiscal Moldes, todavía queda la instancia de la Corte Suprema para que revise el fallo y determine si la denuncia debe o no investigarse. El oficialismo cree que esta Corte ordenará reabrir la investigación, lo que mantendrá la causa abierta hasta el recambio presidencial y su suerte quedará en manos de una Justicia independiente, el kirchnerismo ya sin la capacidad de presión que le da detentar el gobierno, quedará expuesto a ser investigado por tal conspiración con el regimen iraní. Pero si el grupo de conjueces irregularmente designados copa la Corte, seguramente dicte un fallo definitivo e irrevocable, que cierre la causa y que permita que jamás vuelva a abrirse por imperio de la “cosa juzgada”.</p>
<p>En tanto, la Justicia termina siendo tierra arrasada. Con el Ministerio Público politizado y manipulado, el Poder Judicial corrompido, atemorizado e ilegítimo; la recuperación institucional de la Argentina de este decenio de maltrato llevará, al menos, unos 20 años.</p>
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		<title>Estado, el supersujeto</title>
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		<pubDate>Thu, 28 Nov 2013 10:52:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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				<content:encoded><![CDATA[<p dir="ltr">A partir de la sanción del<strong> nuevo régimen de responsabilidad del Estado frente a los particulares,</strong> sea por sus acciones u omisiones, <strong>el sistema constitucional de igualdad ante la ley se ha roto.</strong> Una vez más, los representantes del pueblo disparan contra él, generando la existencia de un<strong> supersujeto impune</strong>, con actividades similares, pero un régimen absolutamente diferenciado, dejando indefensos a los ciudadanos.</p>
<p dir="ltr">En la misma línea de la ley que se aprobó en el Congreso, limitando la posibilidad de obtener medidas cautelares contra el<strong> Estado Nacional,</strong> y que fuese declarada <strong>inconstitucional</strong> por todos los jueces de primera y segunda instancia que evaluaron el tema, y luego por la mismísima <strong>Corte Suprema</strong>, otra vez el Gobierno y los legisladores que le responden alejan al Estado de la gente, muestran <strong>que ese instrumento que controlan es superior a cada ciudadano,</strong> y puede hacer con nosotros lo que guste sin hacerse responsable.</p>
<p dir="ltr">En medio de la “cortina de humo” de las reformas del <strong>Código Civil y Comercial,</strong> se ha dado media sanción a la ley que <strong>limita la responsabilidad del Estado frente a los ciudadanos</strong>. Por solamente mencionar algunos ejemplos, si el Estado le provoca a usted un daño, no le será posible reclamarle lucro cesante. ¿Qué es eso? Si yo lo atropello con el auto, no solamente debo pagarle (o mi compañía de seguros) su tratamiento y recuperación, sino además el dinero que “dejó de ganar” el tiempo que estuvo sin poder realizar sus trabajos habituales por mi culpa. Esto se calcula de acuerdo con lo que el atropellado gana por mes habitualmente, y si no lo ha percibido dado que se encontraba recuperándose por mi inconsciencia o error, debo resarcirlo. El artículo 12 de la nueva ley dice que<strong> “en ningún caso procede la reparación del lucro cesante”.</strong> ¿Por qué? Porque no, viejo, porque desde ahora es usted un ser inferior.</p>
<p dir="ltr"><span id="more-460"></span>Otro ejemplo simpático de nuestra menor cuantía frente al Estado es la <strong>imposibilidad del reclamo de daño moral o psicológico</strong> que en caso de causárselo su vecino sí debería indemnizar. El Estado, desde ahora, tiene libertad para dañar psicológicamente porque no se tomarán en cuenta “circunstancias de carácter personal” al momento de fijar las indemnizaciones. Tampoco la actividad judicial genera responsabilidad pecuniaria estatal. <strong>Si a usted el Estado le embarga sus bienes preventivamente todo un año y luego no prueba la legitimidad de su planteo, no habrá forma de reclamarle nada.</strong></p>
<p dir="ltr"><strong>El Estado no responderá tampoco por los daños que causen los concesionarios de servicios públicos</strong>. Digamos que usted sufre un accidente vial por el mal estado de una autopista. Hasta hoy, podía reclamarse al concesionario y al Estado en forma subsidiaria. ¿Por qué? Porque el responsable de la explotación y mantenimiento era el concesionario, pero el responsable del control y propietario final del trazado es el Estado. Si la autopista estaba mal mantenida y eso le causó a usted un daño, es porque el concesionario no hizo su trabajo y el Estado tampoco el suyo. Bien, a partir de ahora, si el concesionario, por ejemplo, ya estaba concursado o resulta de algún modo insolvente, ya no podrá cobrarle al Estado.</p>
<p dir="ltr">Ahora bien, si yo en mis oficinas contrato un servicio de limpieza tercerizado, y al señor de mantenimiento se le ocurre mojar el piso para asearlo en horario de circulación de gente sin avisar que el suelo está húmedo con la cartelería adecuada y visible, usted se pega un resbalón y se fractura la cadera, puede demandar a la empresa de limpieza, pero también a mí. Porque fui yo el que contraté a alguien que no hizo bien su trabajo y, además, soy el que no controló.</p>
<p dir="ltr">Así que <strong>esta ley lo que crea es un supersujeto de derecho que hace lo que se le antoja</strong>, daña a quienes debe proteger, y para colmo no se lo puede demandar. Si la ley que restringía las medidas cautelares contra el Estado era disparatadamente inconstitucional, esta no le va en zaga y es aún peor. Porque en aquella al ciudadano se le generaban dificultades para resguardar sus derechos, con esta directamente los pierde.</p>
<p dir="ltr">Es cierto que el Estado debe tener un régimen regulatorio especial, y de hecho ya lo tiene, porque es un agente que actúa en pos del bien común, o al menos eso debería. Pero existen cientos de actos jurídicos en los que el Estado realiza actividades exactamente iguales a cada uno de nosotros. Y el establecimiento de un <em>status</em> diferente al momento de mensurar los daños que causa, es abiertamente inconstitucional.</p>
<p dir="ltr">La igualdad ante la ley, establecida en la <strong>Constitución Nacional</strong>, es no sólo la igualdad entre los ciudadanos, sino la equidad entre todos los sujetos de derecho. Todo aquel que potencialmente pueda causar un daño o un menoscabo a un derecho ajeno, debe tener idénticas consecuencias. Y la actividad estatal es potencialmente dañosa, tanto sus acciones como sus omisiones, y es ridículo y arbitrario que no deba resarcir ese daño como cualquier otro que lo cause.</p>
<p dir="ltr"><strong>Las declaraciones, derechos y garantías constitucionales, que son la base sobre la cual se asienta todo el sistema legal, consisten, casi, en un compendio de protección de los derechos ciudadanos contra eventuales abusos estatales</strong>. Es cierto que no existe mención explícita al “derecho a reclamar indemnizaciones contra el Estado”, porque se trata de un listado de derechos y no de un cuerpo sancionatorio. La Constitución solamente establece sanciones en casos muy particulares y de modo genérico. Pero resulta evidente el sistema de protección a los individuos de abusos estatales. Y en su artículo 33, deja claro que existen otros derechos no enumerados que forman parte del plexo general de potestades ciudadanas.</p>
<p dir="ltr">Solamente a modo de ejemplo, el artículo 17 dice que “la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley”<strong>.</strong> Hace referencia a un proceso de expropiación sobre una propiedad privada que puede ser de utilidad pública. Así, para limitarle a usted su derecho de propiedad, pone en juego a los tres poderes: una ley del Congreso, una sentencia judicial y luego la ejecución de la expropiación por parte del Ejecutivo. ¿Qué pasará con esta nueva ley? Veamos, <strong>s</strong>i <strong>usted tiene un campo que produce mucha soja y gana un millón de pesos por año y de golpe el Poder Ejecutivo en nombre del Estado se lo arrebata sin derecho</strong>,<strong> podrá hacer el reclamo judicial y seguramente consiga que la Justicia se lo devuelva</strong>, <strong>pero como no va a poder reclamar lucro cesante, todo lo que no ganó en el tiempo que tardó la Justicia en restituirle lo suyo, se lo va a reclamar a nadie.</strong></p>
<p>Es realmente curioso el modo en que el kirchnerismo ha intentado en estos diez años, de modo sistemático, establecer mecanismos para degradar al ciudadano y sus derechos, en general, a favor del Estado, seguramente porque creen serlo, “el Estado somos nosotros”. <strong>Reconstruir un sistema normativo serio, igualitario y siguiendo los parámetros constitucionales llevará muchos años. Deberían responder por ese daño.</strong></p>
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		<title>Inducción con engaños</title>
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		<pubDate>Sat, 05 Oct 2013 11:07:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los periódicos dan cuenta, con cada vez mayor insistencia en los últimos días, sobre la voluntad de Martín Insaurralde de no ocupar su banca de diputado nacional, obtenida por el partido de gobierno en las últimas elecciones legislativas. No es prudente anticiparse y tal vez se trate solamente de un rumor, y la función de estas líneas... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2013/10/05/induccion-con-enganos/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Los periódicos dan cuenta, con cada vez mayor insistencia en los últimos días, sobre la voluntad de <strong>Martín Insaurralde</strong> de no ocupar su banca de diputado nacional, obtenida por el partido de gobierno en las últimas elecciones legislativas. No es prudente anticiparse y tal vez se trate solamente de un rumor, y la función de estas líneas seguramente sea, en el fondo, ilustrar a Don Insaurralde sobre las consecuencias de tal acción.</p>
<p>El artículo 141 del <strong>Código Nacional Electoral</strong> se encuentra dentro del “<strong>Capítulo II- Delitos Electorales</strong>” y se titula “<strong>Inducción con Engaños</strong>”. Establece que “se impondrá prisión de dos meses a dos años, al que con engaños indujere a otro a sufragar de determinada forma o abstenerse de hacerlo”. La conducta del diputado electo encuadraría dentro de dicho tipo penal en forma clara y flagrante, en caso de no ocupar el próximo 10 de diciembre la banca para la que fue electo. Insaurralde se presentó como candidato de un partido político a diputado nacional.</p>
<p>Encabezó la lista, de modo tal que su presencia -debe entenderse- era aquella más especialmente atractiva para el electorado; su partido creyó que debía encabezarla para obtener más sufragios. Formuló una larga lista de promesas respecto de cómo desempañaría el cargo para el que se estaba postulando, y en base a ello los ciudadanos lo consagraron diputado nacional. Evidentemente,<strong> Insaurralde “indujo” el voto a su favor.</strong> Es decir, <strong>pidió el voto del ciudadano en base a promesas de un futuro mejor, y tal futuro promisorio se basaba en que él fuese electo diputado,</strong> porque para eso y para ninguna otra cosa se postulaba. Y a la postre, en caso de no asumir su banca, tal inducción resulto perpetrada con “engaños”, habida cuenta de que jamás podría cumplir todo aquello, porque no se sentará en la banca.</p>
<p><span id="more-430"></span>Si bien hay muchos candidatos que han usado este mecanismo y jamás les generó consecuencias, esto es así debido a que tradicionalmente la acción penal sobre este tipo de temas es impulsada por otros actores también políticos, que suelen resguardarse de no avanzar demasiado en tales cuestiones, no sea cosa que tengan cometer el mismo delito en el futuro y hayan sentado un antecedente “molesto”. Sin embargo, en 2009, hubo un interesante debate judicial sobre lo que la prensa llamó “<strong>candidaturas testimoniales</strong>”, que en realidad no eran más que lo que en doctrina penal se llaman “<strong>actos preparatorios</strong>” de un delito como el descripto. El radicalismo, como instrumento de campaña, intentó que la <strong>Justicia</strong> impidiese las candidaturas, entre otros, de<strong> Daniel Scioli</strong> y <strong>Sergio Massa</strong>, sosteniendo que no iban a asumir sus bancas aun cuando fuesen electos. La presentación de los radicales fue previa a la comisión del delito, en base a indicios periodísticos, pero que no podían ser confirmados con la prueba indispensable que requiere una causa judicial para obtener sentencia favorable. Simplemente porque el delito (hoy ya prescripto, lo hizo el 10 de diciembre de 2011) de Scioli y Massa se perpetraría el día que efectivamente no asumiesen, es decir el 10 de diciembre de 2009 y no antes. Sin embargo, los denunciantes que usaron la actividad jurisdiccional como argumento de campaña omitieron, una vez efectivamente perpetrado el delito, efectuar e impulsar las denuncias correspondientes.</p>
<p>Sin embargo, de aquel expediente, la <strong>Cámara Nacional Electoral</strong> deja algunos rastros interesantes. Dijo, en el fallo en que rechazó la pretensión de que a Scioli y a Massa se les impidiese presentarse, que “la solución que se adopta, atendiendo a las manifestaciones de voluntad de los candidatos, no importa sino atenerse al principio de &#8216;buena fe&#8217; que debe primar en la evaluación de la exteriorización de conductas como las que aquí se atribuyen. Sin embargo, esta obligada predisposición que deben ostentar los órganos del Estado no precave a la ciudadanía del riesgo de que tal creencia -basada en la confianza que, como se dijo, deben merecer manifestaciones de esa naturaleza- resulte traicionada si, por acciones futuras, llegase luego a comprobarse que los candidatos no fueron &#8216;honestos&#8217; en su expresión ante el <em>a quo</em> y que ratificaron de modo nuevamente expreso ante este Tribunal”.</p>
<p>Continúa diciendo que “tales circunstancias importarían además fundamentalmente una<strong> inaceptable manipulación de las instituciones de la República</strong>, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar”. Es decir, dicha Cámara, sin posibilidad de obtener prueba de comportamientos futuros, debe basarse en la buena fe de los candidatos, pero considera la posibilidad de que acciones posteriores de los candidatos “traicionen” la confianza pública, no habiendo sido “honestos” al expresar que iban a asumir sus bancas, configurando una grave “manipulación de la instituciones de la República”. Es decir, la Cámara deja un indicio claro, describiendo casi a la perfección el tipo penal del artículo 141 del Código Electoral, que podría ser aplicado a futuro, si los candidatos no asumen su banca. Tipo en el que estaría incurriendo Insaurralde de no asumir el cargo para el que fue electo.</p>
<p>Es interesante el modo en que el legislador ha diseñado tal artículo 141 pese a su brevedad. El uso de la palabra “engaño” asemeja de algún modo el delito al del artículo 172 del Código Penal, donde se tipifica la estafa. Curiosamente, <strong>el Código Penal usa solamente diez veces la palabra engaño: cuatro de ellas cuando se refiere a las diversas variantes del delito de “tráfico de personas”.</strong> Otras tres veces cuando tipifica las conductas entendidas como estafa o defraudación. Una vez utiliza la palabra cuando describe la conducta de la usurpación y una más cuando tipifica la piratería. Por último vuelve a usar el término “engaño” cuando describe uno de los tipos de delitos “Contra la paz y dignidad de la Nación”.</p>
<p>Difícilmente Insaurralde, en caso de resultar cierto que no asumirá su banca, pueda alegar como causa de justificación en la comisión del delito que incurre en él amparado en legítima defensa, porque siendo diputado “se pierde” entre 257 personas, o que actúa en “estado de necesidad” porque a <strong>Jesica Cirio</strong> no le gustan los legisladores y, si asumiese, podría hacerle comer los churros que vende su padre.</p>
<p><strong>Es hora de que los actores políticos dejen de manipular a la sociedad, de usarla en pos de sus particulares beneficios.</strong> Postularse para un cargo, en este caso legislativo, y hacerse acreedor a la confianza del pueblo para ser su representante en la <strong>Honorable Cámara de Diputados</strong> es una distinción a la que hay que hacer honor, y no un suplicio a despreciar, luego de haber usado todos los elementos a la mano para hacerse del voto.<strong> A esa defraudación de la “buena fe” pública se refiere el artículo 141 del Código Electoral, y la gravedad que esa conducta implica merece hasta dos años de prisión</strong>. Es hora de que todos quienes piensen en defraudar al pueblo vayan sabiendo también que deberán enfrentar las sanciones.</p>
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		<title>Con impunidad no hay cambio</title>
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		<pubDate>Mon, 26 Aug 2013 12:17:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Como muchas elecciones de medio término en períodos anteriores, esta parece ser el preanuncio de tiempos de cambio en la Argentina, de mantenerse los resultados que arrojaron las primarias. Así como las legislativas de 1987 desencadenaron el fin del alfonsinismo, las de 1997 marcaron la conclusión del menemismo, estas de 2013 pueden ser la última pendiente de la montaña... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2013/08/26/con-impunidad-no-hay-cambio/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Como muchas <strong>elecciones de medio término</strong> en períodos anteriores, esta parece ser el <strong>preanuncio de tiempos de cambio en la Argentina</strong>, de mantenerse los resultados que arrojaron las primarias. Así como las legislativas de 1987 desencadenaron el fin del <strong>alfonsinismo</strong>, las de 1997 marcaron la conclusión del <strong>menemismo</strong>, estas de 2013 pueden ser la última pendiente de la montaña rusa kirchnerista.</p>
<p>Y como bien dijo el gobernador bonaerense <strong>Daniel Scioli</strong>, primer K en reconocer esta realidad, <strong>“este gobierno debe terminar lo mejor posible”</strong>. Finalizar como en los dos casos mencionados en el párrafo anterior sería dramático para muchos argentinos e implicaría, una vez más, empezar de cero.</p>
<p><span id="more-332"></span>Así las cosas, todo indica que vamos hacia un cambio político en la conducción de la Argentina, que seguramente implicaría una modificación de estilo, una rotación de paradigmas y ejes centrales de gobierno y lógicamente de funcionarios. El problema es si se generará un cambio de matriz o no. La pregunta es específicamente en términos de calidad dirigencial y control de la <strong>corrupción</strong>, posiblemente, <strong>la madre de todas nuestras desgracias.</strong></p>
<p>Sucesivamente, los gobiernos han ido cambiando, rotando entre partidos políticos o variantes con presunta distancia ideológica dentro del mismo espacio. Por caso, el menemismo tuvo una impronta privatizadora y de autorregulación del mercado, mientras que el kirchnerismo produjo un proceso estatizador con fuerte intervención pública en la regulación y <strong>control de la actividad económica</strong>, aun proviniendo ambos del mismo partido.</p>
<p>Pero en lo que no se han diferenciado estos procesos es en los <strong>niveles altísimos y gravísimos de corrupción administrativa</strong>. Esto es lo que ha generado, por ejemplo, que pese a los siderales ingresos recibidos por el Estado en estos diez últimos años, el país permanezca con idéntica<strong> pobreza estructural</strong>, idéntica infraestructura de comunicaciones, tendido eléctrico y provisión de servicios públicos. <strong>Parece ser que “alguien” se ha quedado en su bolsillo los altos dineros que todos, debimos disfrutar este decenio.</strong></p>
<p>De tal modo, saltar de un gobierno a otro, aunque tengan diferentes estilos, aunque la administración que venga decida no agraviarnos por cadena nacional, mentirnos un poco menos o reconocer los niveles de inflación; la sombra de la corruptela probable aparece siempre en nuestro horizonte; y esa corruptela es la que mata, la que genera dolor, angustia, miseria y marginalidad. No sirve crear policías municipales si uno genera brutales desigualdades sociales porque se roba los ingresos del Estado.</p>
<p><strong>Los dos pilares de combate la corrupción</strong> son los dos mismos que sirven para terminar con cualquier otro delito: la <strong>prevención</strong> o los controles, y la sombra de la <strong>sanción</strong>, que juega el rol preventivo, en tanto y en cuanto el posible autor de actos de corrupción, sabe que sus conductas pueden acarrearle graves consecuencias. Por lo tanto, <strong>será fundamental que alguna vez en la Argentina, el grupo político que deja el poder, en medio de sombras de altos niveles de corrupción, pague ante la Justicia las consecuencias de ello.</strong></p>
<p>La realidad es que en todos los procesos políticos de peso (del &#8217;83 a estos días) la respuesta judicial a la corrupción ha sido al menos endeble. Y esto se debe a la <strong>red de encubrimiento que la política en general</strong>, sin distinción de partidos,<strong> genera a su propio favor</strong>, implicando también en esa red a buena cantidad de jueces. El verdadero cambio en la Argentina implica necesariamente el castigo a la corrupción y el incremento de los controles para que se haga imposible repetirla de modo masivo. Si esto no ocurre es como dejar de votar a <strong>Al Capone</strong> para empezar a votar a<strong> Alí Babá</strong>.</p>
<p>Simplemente, <strong>con impunidad no hay cambio</strong>. Durante unos meses, tal vez un par de años, las caras menos conocidas producirán un halo esperanzador, y luego empezaremos este tobogán interminable en el que hemos entrado hace algunos años. Porque <strong>cambiar rostros no implica asegurarnos cambiar la matriz de corrupción</strong>, en tanto los que vengan se preocupen por garantizar la impunidad de los que se van. Porque si obran de ese modo, es simplemente porque esperan la devolución del favor para cuando les toque irse a ellos.</p>
<p>El salto de calidad democrática que necesita la Argentina recién se producirá cuando un gobierno nuevo decida impulsar las causas por corrupción del anterior y procure aportar a la Justicia todos los elementos necesarios para el justo castigo de quienes desfalcaron el país. De otro modo, esteremos empezando otro ciclo del que podrá preverse un nuevo final trágico y nuevas frustraciones. Otra década perdida y otra generación frustrada.</p>
<p><strong>Mariano Moreno,</strong> vinculándolo con el desconocimiento del pueblo sobre sus derechos, pronosticaba que “nuevas frustraciones sucederán a las antiguas, y será tal vez nuestro destino, cambiar de tiranos sin destruir la tiranía”. <strong>¿Será nuestro destino cambiar de corruptos sin destruir la corrupción?</strong> El destino lo hacemos nosotros, solamente hay que saber mirar con cierto detenimiento. Venimos acostumbrados a votar pensando en que “este es el único que puede sacar a aquel” y esta mecánica nos compromete con niveles de superficialidad en el análisis que arrojan resultados repetidos.</p>
<p>Está dicho, <strong>con impunidad no hay cambio sino continuidad sistémica</strong>. El mismo entramado mediante el que distintos sectores políticos dominantes se protegen unos a otros seguirá plenamente vigente si la impunidad se impone otra vez. El cambio real empieza por el tratamiento serio de la problemática de la corrupción, disparadora de todos los otros males argentinos. <strong>Primero Justicia, lo demás es sanata.</strong></p>
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		<title>La senda revolucionaria</title>
		<link>http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2013/06/27/la-senda-revolucionaria/</link>
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		<pubDate>Thu, 27 Jun 2013 05:12:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Planteamos en nuestra columna anterior que la Argentina necesita una revolución inversa, es decir, un cambio de los parámetros sociopolíticos que llevan a que vivamos en un entorno donde el hecho se impone a la ley. Se dijo también que a diferencia de una revolución ordinaria, ésta es pacífica, porque justamente el apego a la ley hace repugnante cualquier modo... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2013/06/27/la-senda-revolucionaria/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a title="La revolución inversa" href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2013/06/19/la-revolucion-inversa/" target="_blank">Planteamos en nuestra columna anterior que la <strong>Argentina</strong> necesita una <strong>revolución inversa</strong></a>, es decir, un cambio de los parámetros sociopolíticos que llevan a que vivamos en un entorno donde el hecho se impone a la ley. Se dijo también que a diferencia de una revolución ordinaria, ésta es pacífica, porque justamente el apego a la ley hace repugnante cualquier modo de violencia.</p>
<p><strong>Dicha revolución no es ni puede ser una declamación moralista o utópica</strong>, por el contrario, debe consistir en una secuencia de hechos concretos, realistas, necesarios. <strong>La revolución inversa incluye un plan de gobierno pero va mucho más allá de él, es en realidad un proyecto de país</strong>, que surge de esas añoranzas de una Argentina que tal vez nunca vimos pero creemos que alguna vez existió; de nuestras potencialidades intelectuales, pero también morales y emocionales; del ejemplo de los países que nos gustaría ser, pero en el marco de nuestra idiosincrasia y nuestras costumbres.</p>
<p><span id="more-263"></span>Dar los pasos en la senda de la revolución inversa implica también organizarse, a efectos de definir con precisión a dónde vamos y por qué caminos, qué pie movemos primero que el otro para empezar el derrotero. Y es cierto, no podemos olvidar que hay que salir del paso, que hay que solucionar o al menos paliar coyunturas dramáticas e indispensables, pero también debemos entender que es tiempo de pensar y ejecutar las acciones que lleven a construir un país a 30 años vista.</p>
<p>Alguna vez, una generación de nuestra Argentina debe trocar el aplauso coyuntural por la gloria de la historia, esa gloria que posiblemente no conocerá en vida, tal vez perdiendo ese aplauso transitorio que suena como <strong>Chopin</strong> a los oídos del dirigente, pero que indefectiblemente termina siendo el abucheo posterior, y un nuevo regreso a un punto de partida que por reiterado, es doloroso.</p>
<p>Tenemos cosas por definir. <strong>¿Queremos un país con producción y trabajo que fomente la industria nacional pero que a la vez no se cierre al progreso y al desarrollo en un mundo cada vez más integrado?</strong> ¿Tal cosa es imposible? Obviamente no lo es. Jamás es necesariamente un extremo o el otro. <strong>La industria nacional y el trabajo pueden protegerse y fomentarse con reducciones impositivas o a las cargas patronales, con incentivos y créditos;</strong> y todo ello sin restringir escandalosamente las importaciones de modo que falten medicamentos o insumos tecnológicos. Ningún país produce todo.</p>
<p><strong>Hay que definir el perfil productivo de la Argentina pensando en qué tenemos</strong> y en qué puede hacernos importantes proveyendo al resto del mundo, y poner el énfasis productivo en ese sentido, abriendo las fronteras.</p>
<p>En temas como <strong>seguridad ciudadana</strong> por ejemplo, <strong>la potestad punitiva del Estado contra quien comete un delito, ¿es un concepto contrapuesto con el derechos humanos? </strong>De ningún modo. <strong>Endurecer irracionalmente las penas no conduce a nada, es cierto, pero tampoco que las condiciones de excarcelación o condenación condicional sean lo laxas que hoy son.</strong> Las unidades de detención no son un castigo, sino el inicio de un proceso de reinserción. Y por eso deben ser sanas y limpias. Pero existen, y quien cometa un hecho que dañe a otros debe realizar en ellas su proceso de recuperación para la sociedad. Una recuperación real, con condiciones de alojamiento que permitan que se trate de una verdadera reinserción, un trabajo reeducativo. <strong>Pero el Estado no puede garantizarlo si libera a quien haya delinquido antes de tiempo.</strong></p>
<p><strong>La gente evade impuestos y quita al Estado recursos que son los que este debe contar, para poder “redistribuir” el ingreso, es cierto. Pero el Estado carece de autoridad para exigirlos porque también lo hace</strong>. Se evade a sí mismo. Efectúa contrataciones “en negro”. Omite las cargas sociales y los salarios anuales complementarios cuando tiene, por ejemplo, diez años a un agente como “contratado”. La conducta tributaria de los ciudadanos está relacionada con el orden tributario. Un esquema sencillo de tributación y perdurable a través de los años simplifica la vida de quienes quieren tributar bien, y facilita al Estado exigir a quienes pretenden evadir. Pero además la conducta estatal no puede dejar lugar a dudas sobre qué corresponde hacer.</p>
<p><strong>Es cierto que los tribunales no funcionan bien, que la Justicia es lenta y está, en un alto porcentaje, influida por el poder político.</strong> Hay muchas cosas por hacer en tal sentido, que no están relacionadas con someter a los jueces a elecciones para controlarlos vía partidos políticos. Los jurados que evalúan a los magistrados deben rediseñarse, los concursos deben poder ser monitoreados por la sociedad civil mediante mecanismos de participación, y los miembros de esos jurados no pueden proceder únicamente de la judicatura. También deberían poder integrarlos profesores universitarios, los colegios de abogados, etcétera. Si cada jurado está compuesto por tres personas de distintos ámbitos, la posibilidad de trampa decrece.</p>
<p>Respecto a los magistrados que están y que “el saber popular” indica que no cumplen sus funciones como deberían, pueden impulsarse los procesos de<strong> juicio político</strong>, pero con pruebas, con investigaciones profundas y reales, cumpliendo a rajatabla el derecho de defensa. Sobre aquellos que se encuentren pruebas se procederá a quitarlos de sus cargos, y sobre los que no las haya, deberán seguir en su lugar, sabiendo que, como todos, serán constantemente investigados y monitoreados.</p>
<p>No puede ser tan larga esta columna, así que van a quedar muchos temas por considerar para otra siguiente, sobre un proyecto de país posible. Pero lo hasta aquí enumerado no parece poca cosa. Son todos objetivos sencillos y claros, que pueden alcanzarse sin demasiado más que una muestra de compromiso claro con el futuro; y muy particularmente, con la ley en la mano.</p>
<p>Porque la ley es la única fuente real de la equidad, que es igualdad en las mismas condiciones. <strong>La ley empareja al poderoso con el débil, al instruido con aquel que no pudo acceder a la educación formal, al rico con el pobre. Garanticemos eso, y tendremos por dónde empezar.</strong></p>
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