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	<title>Horacio Minotti &#187; Alejandra Gils Carbó</title>
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		<title>Por una Procuración no militante</title>
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		<pubDate>Sat, 12 Dec 2015 05:29:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Alejandra Gils Carbó]]></category>
		<category><![CDATA[Constitución Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público]]></category>
		<category><![CDATA[Procurador general de la nación]]></category>

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				<content:encoded><![CDATA[<p>Cuando la <i>Constitución Nacional</i> de 1994 incorporó el Ministerio Público en su artículo 120, fue bastante escueta: “El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República. Está integrado por un procurador general de la nación y un defensor general de la nación y los demás miembros que la ley establezca. Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones”.</p>
<p>Cuatro datos deja claros este artículo: 1) La forma de designación y remoción del procurador están sujetos a una ley; 2) La Carta Magna no requiere mayorías agravadas para el dictado de tal ley, porque en todos los casos en que lo exige lo hace explícitamente; 3) No se menciona la estabilidad en el cargo, por lo cual puede colegirse que esta podría ser permanente o temporal; 4) El procurador goza de inmunidades, al igual que los legisladores, mientras detente su cargo; su remuneración es intangible, como en el caso de los jueces.</p>
<p>Ahora bien, la ley 27148 que rige el Ministerio Público y regula el artículo constitucional precitado establece en su artículo 76: “El procurador general de la nación sólo puede ser removido por las causales y mediante el procedimiento establecidos en los artículos 53 y 59 de la <i>Constitución Nacional</i>”. Los artículos mencionados de la ley fundamental son los que establecen el mecanismo de juicio político: acusación por parte de dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados; remoción por los dos tercios de la Cámara de Senadores.<span id="more-758"></span></p>
<p>No obstante, y para reforzar la idea, dicho artículo 53 de la <i>Constitución</i> prescribe respecto a la Cámara Baja: “Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”. Como podrá verse con meridiana claridad, nada dice del procurador general de la nación.</p>
<p>Por ende, <b>la ley 27148 de Ministerio Público comete un error sustancial: ordena que para remover al procurador se utilice el sistema de juicio político tradicional, con los dos tercios de ambas Cámaras</b>, en una norma sencillamente modificable por mayoría simple, con la mitad más uno de los miembros presentes, también de cada cuerpo legislativo. Se trata de una contradicción basada en errores de técnica legislativa poco aceptables.</p>
<p>Por ende, <strong>el nuevo Congreso bien podría modificar esa ley con mayoría simple e imponer otro modo de remoción del procurador, incluso el que está en funciones</strong>, que haga mucho más sencillo su recambio, sin alterar un ápice el cuerpo constitucional. Esto hace a la resistencia de Alejandra Gils Carbó en su cargo lo suficientemente irrelevante y carente de asidero legal como para que su mandato cese en pocos días.</p>
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		<title>Federales versus federales</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Feb 2015 10:47:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Alberto Nisman]]></category>
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		<category><![CDATA[Sebastián Ramos]]></category>

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		<description><![CDATA[Para quienes alguna vez transitamos con asiduidad los pasillos del edificio de la Avenida Comodoro Py, donde asientan los juzgados y fiscalías federales en lo penal, no puede dejar de sorprendernos algunos movimientos, que deben atribuirse, inequívocamente, al sospechoso y trágico deceso del fiscal Alberto Nisman. Porque jamás se había producido un comportamiento tan diametralmente... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2015/02/07/federales-versus-federales/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Para quienes alguna vez transitamos con asiduidad los pasillos del edificio de la Avenida Comodoro Py, donde asientan los juzgados y fiscalías federales en lo penal, no puede dejar de sorprendernos algunos movimientos, que deben atribuirse, inequívocamente, al sospechoso y trágico deceso del fiscal Alberto Nisman.</p>
<p>Porque <strong>jamás se había producido un comportamiento tan diametralmente opuesto entre jueces federales y fiscales del mismo fuero.</strong> Opuesto y a la vez, uniforme: casi todos los fiscales proceden del mismo modo; casi todos los magistrados también siguen una línea similar.</p>
<p>Para graficar la situación basta con observar cómo, <strong>nada menos que ocho fiscales federales presentaron juntos una denuncia</strong> para que se investigue si el presunto agente de inteligencia Allan Bogado, mencionado por el fiscal Nisman como la persona que, en el marco del plan criminal de encubrimiento del atentado a la AMIA que estaba denunciando, presionaba a los magistrados de ese fuero en nombre del gobierno nacional. Es decir, casi todos los fiscales federales de primera instancia titulares y el fiscal de la Cámara Federal, denunciaron juntos un hecho derivado de la denuncia madre del extinto fiscal Nisman.<span id="more-605"></span></p>
<p>Si nos detenemos un poco más en estos hechos, podremos observar que, a excepción de Federico Delgado y Carlos Rívolo, los otros tres fiscales que no firmaron la citada denuncia son meramente subrogantes, es decir, funcionarios del Ministerio Público que la Procuradora Alejandra Gils Carbo puede desplazar sin dar explicaciones y, por cierto, sin juicio político.</p>
<p>En la misma línea se pueden aportar otros detalles, como la denuncia iniciada por el fiscal Guillermo Marijúan respecto a una presunta actividad de inteligencia ilegal sobre Nisman, por el modo en que las cámaras del Aeropuerto de Ezeiza seguían sus movimientos en el momento que llegó al país. Cabe aclarar que Marijuán también es denunciante en la presentación que se menciona en el párrafo precedente.</p>
<p>Y, por si no bastara con lo anterior, <strong>como un hecho inédito en la historia, los fiscales federales convocan a una marcha del silencio en homenaje al colega muerto en circunstancias dudosas. Nunca había ocurrido algo semejante.</strong></p>
<p>En total contrapartida, los magistrados del mismo fuero parecen bastante esquivos a hacerse cargo de la temática. En su momento el juez a cargo de la investigación de la voladura de la AMIA, Rodolfo Canicoba Corral, restó importancia a la denuncia de Nisman, aún sin ser el magistrado a cargo de la misma, y hasta desmintió haber autorizado las escuchas telefónicas que la fundamentaron, cuando el fiscal sostuvo que si lo había hecho.</p>
<p>En idéntico sentido, el juez Ariel Lijo, quien si está a cargo de investigar las irregularidades de la causa principal por la AMIA, rechazó hacerse cargo de investigar la denuncia de Nisman, por no encontrar conexidad entre unas irregularidades y otras. Y para completar el cuadro, el juez Daniel Rafecas, mediante su reemplazante Sebastián Ramos, tampoco quisieron investigar el tema, y se lo devolvieron a Lijo, entendiendo que los expedientes son, sino conexos, relacionados.</p>
<p><strong>Es decir, entre los magistrados, la causa que se origina por la denuncia de Nisman, es una papa caliente que se arrojan unos a otros, negándose a investigarla, mientras que entre los fiscales, la misma arroja una serie de presuntos delitos adicionales que pretenden investigar, y además deciden funcionar coaligados para protegerse.</strong></p>
<p>No es el descripto un comportamiento que pueda reputarse habitual en Comodoro Py, es más bien, una evidente ruptura entre dos patas de los procesos penales federales que deberían funcionar más o menos articuladas. Y tal comportamiento surge evidente a partir del Nismangate. <strong>Habrá que esperar para ver si se profundiza la ruptura, hasta dónde llega y qué nuevas consecuencias arroja.</strong></p>
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		<title>Pacto de Olivos II</title>
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		<pubDate>Sun, 02 Nov 2014 10:11:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Horacio Minotti</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Alejandra Gils Carbó]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo de la Magistratura]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Suprema]]></category>
		<category><![CDATA[kirchnerismo]]></category>
		<category><![CDATA[Pacto de Olivos]]></category>
		<category><![CDATA[UCR]]></category>

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		<description><![CDATA[El Partido Justicialista y la Unión Cívica Radical han sido, sin duda, las instituciones políticas que concentraron las mayores preferencias y pasiones de los electores durante el siglo XX. De ellos, nacieron grandes referentes sociales y políticos que hicieron historia. De la buena y de la mala, como siempre, como todos, pero historia al fin. Sin... <a href="http://opinion.infobae.com/horacio-minotti/2014/11/02/pacto-de-olivos-ii/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El Partido Justicialista y la Unión Cívica Radical han sido, sin duda, las instituciones políticas que concentraron las mayores preferencias y pasiones de los electores durante el siglo XX. De ellos, nacieron grandes referentes sociales y políticos que hicieron historia. De la buena y de la mala, como siempre, como todos, pero historia al fin. Sin embargo, ya en la última etapa del siglo pasado, por diversos fenómenos que no son materia de análisis de estas líneas, se han transformado tan solo en cunas de elites gobernantes sin sustento social, cerrando y condicionando la oferta electoral para mantenerse. Y desde dicha posición, han acordado sistemáticamente a espaldas de la gente y favor de sus propios intereses de élite. El Pacto de Olivos ha sido la muestra más flagrante. El “Núcleo de Coincidencias Básicas” que le dio origen lo cerraron no más de 10 personas, y de ellas a más de la mitad ningún ciudadano lo había elegido para nada.</p>
<p>El pacto que ambos sectores hoy proyectarían para “reordenar” la Corte Suprema luego de los fallecimientos de Carmen Argibay y Enrique Petracchi y la renuncia de Eugenio Zaffaroni, es el Pacto de Olivos redivivo. Un esquema de distribución de caja y poder entre un Gobierno en retirada y un sector político con remotísimas chances de gobernar la Argentina los próximos años. Las curiosidades del Congreso de la Nación y el diseño legal del Consejo de la Magistratura les da esta chance. Como la Cámara de Diputados se renueva por mitades, la derrota kirchnerista en las legislativas de 2013 no resultó demasiado significativa en términos numéricos, por el impacto de su victoria dos años antes. <strong>El poder del aparato radical y el sistema de distribución que estableció con el propio peronismo en muchas provincias hace que un partido sin capacidad de proponer un candidato presidencial que en las encuestas alcance dos dígitos de las preferencias sea el segundo de los bloques.</strong></p>
<p>Si así funciona en Diputados, mucho más en el Senado, donde la renovación es por tercios, y el sistema de acuerdos provinciales para entregarle los dos senadores por la mayoría al PJ a cambio de garantizarse la UCR el de la minoría es casi invariable. El diseño de las Cámaras, y la estructuración del sistema de partidos, han sido creados y renovados para favorecer dichos acuerdos de élite a espaldas del ciudadano. Por eso no resulta sorprendente ni mucho menos imposible, que vuelvan a pactar para modificar la Corte Suprema, uno que se va y otro que no va a venir.</p>
<p>Por su parte, el Consejo de la Magistratura tiene un amplio dominio de los sectores políticos desde la reforma de la ley 26.080 que el kirchnerismo sancionó en 2007. De sus 13 integrantes, 7 son fruto de la política pura: 1 que representa al Poder Ejecutivo y 6 al Legislativo, todos ellos kirchneristas o radicales, al menos por ahora. De los dos representantes de la abogacía, los radicales han logrado imponer a uno, el del interior del país, como históricamente lo han hecho. Y también los K han renovado al académico que selecciona el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) que depende del Ministerio de Educación. En fin, sin contar uno o dos jueces cercanos a Justicia Legítima, entre peronistas y radicales hay 9 sobre 13 miembros del Consejo a disposición de un eventual Pacto de Olivos II.</p>
<p><strong>En los últimos días, son insistentes las versiones de un acuerdo entre ambos espacios, que implicaría que el kirchnerismo avance en el nombramiento de un radical en reemplazo de Eugenio Zaffaroni en la Corte Suprema, a cambio justamente de que los radicales del Consejo de la Magistratura avalen el nombramiento de cuatro kirchneristas en sendas vacancias que hoy tiene la Cámara Nacional de Casación Penal, y que además, el radicalismo apoye en el Congreso el nuevo Código Procesal Penal, que entre otras particularidades pone la investigación de los delitos en manos de los fiscales, dándole a los jueces el rol de evaluar un prueba que no han sido responsables de obtener.</strong></p>
<p>Muchos leen, no sin razones, que todo esto es un pacto de garantía de impunidad: Alejandra Gils Carbó, Procuradora General de la Nación y jefe de todos los fiscales, ha demostrado un férreo control sobre gran parte de los mismos; y por otro lado, el fin último de las causas penales, incluídas aquellas por corrupción, concluyen en la Cámara de Casación. El combo parece perfecto para los K y su futuro. Pero no se trata solamente de esto. También resulta un condicionante peligroso para el gobierno que venga. Sus funcionarios quedarán a merced de un esquema penal parcial y politizado, y además presionado desde el Congreso.</p>
<p>Como en todas las conclusiones de largos ciclos, la gente percibe la necesidad de dar un giro y romper la encerrona de la política tradicional peronista-radical y buscar variantes más modernas que saquen a la Argentina del caos en que tal bipartidismo la sumió durante todo el siglo XX. Y como es evidente, la política tradicional, acuerdista y espontáneamente oligárquica, tiende a coaligarse para resistir el mantenimiento de sus espacios de poder al margen del deseo social. Desde el ciudadano, analizándolo de esta forma o de otra, o solamente desde lo intuitivo, la gente sabe que ha sido inserta en un laberinto de acuerdos oscuros de los que no participa, y empieza a mostrar que desde 2015, elegirá mandatarios de otras vertientes, alejadas de esas élites, novedosos, modernos. Pero que seguramente estén lo bastante amarrados por esa oligarquía política oculta pero omnipresente, que bien podría condicionarle la Justicia, y manipularle el Congreso. Y si “la novedad” electa por la gente no mantiene un fuerte respaldo social al menos hasta 2017, en que vuelven a renovarse las Cámaras, puede quedar presa de esos sectores a los que ya nada les queda de democráticos.</p>
<p><strong>Una ciudadanía alerta, analítica y despierta es la única chance de salir lentamente de ese nudo tan cuidadosamente tejido para que nunca podamos saber quién maneja las cosas, quién controla nuestras vidas.</strong> A fines de 2015 asumirá un nuevo Gobierno, si la Corte Suprema tiene vacancias, los argentinos deben estar alerta para impedir que se completen apenas unos meses antes, por parte de estos sectores que alguna vez Mauricio Macri llamó el “círculo rojo”. Vienen tiempos de romper las viejas estructuras. El humor social y las preferencias que exhiben las encuestas son muestra clara de ello. Pero para custodiar el cambio hay que estar muy atentos. No transen más, ya no hay margen.</p>
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