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	<title>Alicia Terada &#187; Coalición Cívica-ARI</title>
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		<title>¿Parques Nacionales o negocios privados?</title>
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		<pubDate>Wed, 29 Oct 2014 10:10:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Alicia Terada</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Chaco]]></category>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>El miércoles 22 la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la sanción de la Ley que permite al Chaco ceder jurisdicción a la Nación de los terrenos que darían forma al <b>Parque Nacional El Impenetrable</b>. Los miembros del Bloque de la Coalición Cívica nos abstuvimos. Esencialmente porque todo el tramado previo es irregular, desde el proceso de expropiación hasta las intenciones ocultas de quienes se beneficiarían con esto, sin soslayar que no se puede sancionar una ley que transfiere algo de una provincia a Nación cuando aquella aún no culminó de expropiar y ni siquiera se pagó el precio total de los terrenos que, por otra parte, están subvaluados.</p>
<p>Como Coalición Cívica-ARI, <b>la preservación de los recursos naturales es y ha sido una de nuestras banderas desde el nacimiento de nuestra fuerza política</b>. Por eso no podemos aprobar a libro cerrado lo que nos presentan como una iniciativa que traería progreso a una de las zonas más olvidadas del Chaco sin conocer los antecedentes. Es bueno recordar que el titular del dominio expropiado -la Estancia La Fidelidad- era Manuel Roseo, quien poseía 150.000 hectáreas en el Chaco y  100.000 más en Formosa. Este hombre, a lo largo de su vida, se esforzó para mantener y cuidar todos los recursos naturales que albergaban sus propiedades. Por lo tanto podríamos quizás entender que la creación de un Parque Nacional en dicho predio sería la forma de garantizar la continuidad del cuidado de todo un eco-sistema. Esa sería una buena noticia. Sin embargo no podemos cerrar los ojos ante algo que viene mal barajado desde un principio y que, dados los antecedentes, nos despierta muchísimas sospechas sobre lo que se está tramando.<span id="more-84"></span></p>
<p>Dijimos entontes que en primer lugar la expropiación no ha concluido de parte de la Provincia del Chaco, por lo tanto <b>el gobierno provincial no está habilitado a ceder jurisdicción de unos terrenos para la creación de un Parque Nacional.</b> Esto se debe a que no se ha pagado el precio total fijado por la Junta de Valuaciones de la Provincia del Chaco. Para los que desconocen los pormenores del tema les informamos que por Ley Provincial N° 6.928 se expropió el inmueble de propiedad de Manuel Roseo y luego por otra ley provincial N° 6.929 se creó un fondo fiduciario para el pago del precio; <b>aquí quiero destacar que ambas leyes han sido cuestionadas por los herederos de Roseo con planteo de inconstitucionalidad que se encuentran en trámite ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, por no haberse cumplido con lo establecido por el art. 57 de la Constitución Provincia</b><strong>l</strong>. Es importante destacar que nunca se pagó el total de la expropiación. Dato no menor porque es algo que va en contra de lo que establece el art. 40 de la Constitución del Chaco y el art. 11 de la Ley 2.289 de expropiación. Ambos artículos disponen como condición previa el pago en efectivo del total del precio para concretar la expropiación por causa de utilidad pública. <b>Primer punto oscuro de la trama.</b></p>
<p>Por otra parte hay que mencionar que la Junta de Valuaciones determinó como valor del inmueble, un predio de 150.000 hectáreas, en la suma de $ 64.000.000. Esto se debe a que fijaron en $ 497 el valor de cada hectárea. Un valor al menos sospechoso, ya que la Resolución provincial N° 235 había tasado el Departamento General Güemes, en donde se encuentra la estancia La Fidelidad, en $ 5.600 el valor de cada hectárea. Es evidente la desproporción de los valores ya que lo fijado por la Junta de Valuación solo representa el 0.08 % del determinado por el Organismo Provincial. <b>Segundo punto oscuro</b>.</p>
<p>En cuanto al pago, hasta ahora sólo se depositó la suma de $10.500.000 en bonos y no en efectivo, como marca la Ley 2.289 y en relación al depósito en bonos, según la publicación realizada por la organización CLT (Conservation Land Trust) que le pertenece al señor Douglas Tompkins, reconoce que distintas ONG realizaron campañas particulares y masivas para recaudar los fondos. Se lograron recolectar alrededor de $ 2.700.000 entre empresas y particulares. Pero lo asombroso es que el resto lo donó C.L.T o sea el Señor Tompkins. <b>Tercera observación sospechosa</b>.</p>
<p>Ahora nos preguntamos ¿quién es Douglas Tompkins? Al parecer no se trata simplemente de un filántropo extranjero enamorado del bosque chaqueño, ya que a través de su organización (C.L.T) explota actualmente el Parque Iberá en la Provincia de Corrientes, el Parque Nacional Monte León en la Patagonia de 66.000 hectáreas, la estancia El Rincón de 15.000 hectáreas en el Parque Nacional Perito Moreno y el Parque Provincial el Piñalito en la Provincia de Misiones. Agregamos también que idéntica situación se produce en Chile en distintos parques nacionales. <strong>El mismo Tompkins reconoció en distintas entrevistas que eligió la Argentina y Chile porque en Estados Unidos “las trabas para crear un Parque Nacional son inmensas”.</strong> Parece que aquí decidieron facilitarle las cosas.</p>
<p>Por último queremos aclarar que no nos oponemos al desarrollo de zonas que cuentan con un patrimonio natural único para convertirlas en atractivos turísticos siempre y cuando la preservación del medio ambiente sea el punto central de cualquier emprendimiento, pero no podemos permitir que una provincia pobre, como es el Chaco, expropie, no pague lo legislado y ceda irregularmente el dominio de esas tierras a la Nación para que finalmente un ecologista americano, multimillonario, termine siendo el gran beneficiado de todo una cadena de desprolijidades que pueden terminar siendo perjudiciales al interés colectivo.</p>
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		<title>Sin responsabilidad civil, el Estado es impune</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Oct 2014 09:49:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Alicia Terada</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Coalición Cívica-ARI]]></category>
		<category><![CDATA[Constitución Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[funcionarios]]></category>
		<category><![CDATA[justicia civil]]></category>
		<category><![CDATA[Kirchnerismo]]></category>
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		<category><![CDATA[responsabilidad del Estado]]></category>

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		<description><![CDATA[La Ley que limita la “responsabilidad del Estado” impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional dejó en claro en su articulado la intención manifiesta del gobierno nacional de pretender consagrar la “irresponsabilidad de Estado Nacional y de sus funcionarios públicos” violando así la Constitución Nacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que firmara nuestro... <a href="http://opinion.infobae.com/alicia-terada/2014/10/02/sin-responsabilidad-civil-el-estado-es-impune/">continuar leyendo &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley que limita la “responsabilidad del Estado” impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional dejó en claro en su articulado la intención manifiesta del gobierno nacional de pretender consagrar la “irresponsabilidad de Estado Nacional y de sus funcionarios públicos” violando así la Constitución Nacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que firmara nuestro país y los principios del Derecho. Pero además generó un vacío legal que, por expresa disposición del proyecto, no podría ser llenado con la aplicación, ni siquiera supletoria, de las reglas de responsabilidad civil<b>. </b>Además ahora, con la sanción de<b> la reforma del Código Civil, la responsabilidad del Estado pasaría al ámbito del derecho administrativo, un área más benigna donde el Estado es juez y parte. </b>Lo que implica que<b> quienes incurran en faltas no tendrán un proceso justo e imparcial. Esto significa impunidad y responde a ordenar la operativa retirada del kirchnerismo.<span id="more-78"></span></b></p>
<p>En su momento, en la Coalición Cívica-ARI, rechazamos el proyecto oficial e impulsamos una iniciativa legislativa alternativa con el objetivo de “reglamentar ese derecho reconocido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en cuanto el Estado argentino se ha comprometido a garantizarle a las personas, la posibilidad de perseguir judicialmente, una indemnización del daño sufrido como consecuencia de acciones u omisiones del  Estado y sus agentes”. De esta manera estaríamos regulando una materia que sin dudas es Derecho de fondo, aplicable en todo los casos, respecto de las consecuencias dañosas que pudieran generar por un lado, la actividad ilegítima del Estado Nacional, y los Estados provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipales; y las acciones u omisiones ilegítimas de sus agentes en ejercicio o en ocasión de sus funciones, asegurando que este recurso efectivo obligue al Estado como correlato necesario de la efectiva vigencia de esos derechos, a la reparación integral por los daños causados por su actividad ilegítima o la de sus funcionarios, tanto por acción, omisión o control irregular de las concesiones o contrataciones otorgadas en materia de servicios públicos.</p>
<p><b>Es que no se puede privar a los ciudadanos del derecho de promover demandas contra los funcionarios responsables de los daños provocados por su actuar ilegítimo o ilícito</b>. Se nos ocurren muchos ejemplos, quizás el más doloroso e impactante sea el de los familiares de las víctimas del accidente ferroviario de Once. Nos preguntamos qué pasaría si nos toca sufrir nuevamente una tragedia similar a ésta. ¿Podemos privar a las familias que sufrieron pérdidas irreparables a accionar civilmente contra un Estado negligente y funcionarios corruptos e ineficientes? No, desde todo punto de vista. En casos como éste necesitamos que la justicia pueda establecer las responsabilidades de los distintos agentes estatales en el hecho dañoso para que las personas perjudicadas no sólo puedan ejecutar sus indemnizaciones en contra del Estado, sino también en contra de todo funcionario responsable que tuviera patrimonio suficiente para responder. Además, de esta forma, no se diluyen las responsabilidades de los funcionarios ante sus actos ilícitos, respecto de los cuales ya son serán impunes desde el aspecto civil. Porque donde la justicia penal no ha sido eficiente, la justicia civil puede hacer responsables patrimonialmente, a los funcionarios corruptos del daño ocasionado a la sociedad.</p>
<p>Debemos <strong>devolverle a la ciudadanía la posibilidad de lidiar con un Estado que sea responsable penal y civilmente de sus actos</strong>, <strong>de lo contrario solo consagraríamos su impunidad.</strong></p>
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